Felipe Ariel Hernández Choy cumple en libertad condicional una condena a 12 años de prisión que se extiende hasta 2031. Asegura que no cometió el robo por el que fue condenado y reclama que se revisen las pruebas utilizadas en su contra. Ahora denuncia que la negativa del Tribunal Supremo a reabrir su caso deja sin respuesta las irregularidades que señala en el proceso.
El Tribunal Militar Territorial Central lo condenó en 2021 por un robo con violencia en la Empresa Agropecuaria Militar Motembo, en Corralillo, Villa Clara. Según el relato de la sentencia recogido en la solicitud de revisión, se le atribuyó haber utilizado el automóvil Moskvich blanco que tenía en su poder para trasladar los productos sustraídos. Felipe niega haber participado. La defensa recurrió el fallo, pero el Supremo rechazó la casación.
El 27 de octubre le entregaron en un tribunal militar de Villa Clara una resolución fechada el 29 de mayo. Felipe cuestiona esa fecha porque la solicitud de revisión confeccionada por su abogado está fechada el 17 de agosto. El acta de entrega identifica su causa, pero no dice que la resolución de mayo responda a ese escrito posterior.
Su reclamación se apoya, entre otros elementos, en unas imágenes que, según sostiene, lo sitúan en su casa cuando ocurrió el robo. También señala una prueba química realizada tanto a él como al automóvil relacionado con el caso. Su denuncia es que los resultados fueron negativos y no se tuvieron en cuenta al valorar las pruebas. Según contó en su denuncia inicial, había sido liberado tras esa prueba, realizada el 13 de noviembre de 2020.
También cuestiona cómo fue identificado. La solicitud preparada por el abogado Mario Alejandro Santos Acosta señala que el principal testigo dijo haberlo reconocido por una verruga en el rostro, pese a la escasa iluminación durante el asalto. El escrito añade que las huellas dactilares encontradas no coincidían con los acusados y denuncia problemas en los reconocimientos de personas, del vehículo y de voz.
El Supremo, en cambio, sostiene en su resolución de mayo que la petición examinada repite argumentos que ya había rechazado. Sobre las imágenes de vigilancia, afirma que sí fueron analizadas por el Laboratorio Provincial de Criminalística de Villa Clara y que no presentaban señales de manipulación. Con esa explicación se niega a abrir la revisión y ordena archivar la petición.
Felipe insiste en que la respuesta no aborda las ilegalidades que denuncia. El escrito de agosto pide que se valore además una documentación clínica sobre el testigo identificador, presentada como un elemento desconocido durante el juicio. Su reclamación no se limita a las imágenes: cuestiona cómo fue identificado y por qué se descartaron pruebas que considera favorables. Lo que pide es que se revise la condena.







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