La Fiscalía Provincial de Granma pide penas de entre cinco y diez años de prisión para cuatro opositores vinculados al movimiento Cuba Primero, a los que no atribuye actos de violencia ni daños materiales, según el escrito de conclusiones provisionales del Expediente de Fase Preparatoria 45/2025, fechado el 21 de julio de 2026, al que tuvo acceso la prensa independiente.
La petición más alta, diez años de privación de libertad, recae sobre Ariel Eugenio Arzuaga Peña. Para su esposa, Yaquelín García Jaén, el Ministerio Público pide nueve años; para Daniel Barrios Figueredo, siete, y para Yoalis Mayelin Figueredo Carbonell, cinco. Los cuatro están acusados de los delitos de «propaganda contra el orden constitucional» y «desórdenes públicos»: ocho de los años solicitados para Arzuaga y para García corresponden al delito de propaganda, y el resto a los supuestos desórdenes.
Los hechos que describe el documento ocurrieron entre octubre y noviembre de 2024 y consisten, en lo esencial, en videos difundidos por Cántalo TV —el programa del propio movimiento en redes sociales—, mensajes en grupos de WhatsApp y el envío de grabaciones de una manifestación. La primera declaración que la Fiscalía atribuye a Arzuaga es una grabación del 23 de octubre de 2024 en la que, según la transcripción del escrito, dijo: «Cubanos, cubanas, no esperemos más, ¿hasta cuándo vamos a soportar el hambre, la miseria, la escasez de comida, de agua, de luz? (…) Cubanos, unámonos y alcemos una sola voz y digan no al tirano, fuera, no te queremos más en Cuba». El fiscal la presenta como parte de «llamados o convocatorias a cometer delitos».
Entre las pruebas enumeradas figuran dos certificados de la estatal Empresa de Telecomunicaciones de Cuba (Etecsa), un peritaje informático de los teléfonos ocupados a Barrios y a Arzuaga, y un informe institucional sobre Cuba Primero, organización que el Ministerio del Interior incluyó en una lista nacional de supuestas organizaciones terroristas. La acusación presenta como financiación desde el exterior dos recargas de saldo móvil recibidas por Barrios el 30 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, aunque los certificados no indican quién las envió ni desde dónde. El resto de la petición son informes sobre la llamada «conducta contrarrevolucionaria» de los acusados: en el de Arzuaga se subraya que «acostumbra a escuchar con volúmenes elevados música subversiva». Como testigo, la Fiscalía propone al capitán Ezequiel Martínez Milanés, de la Contrainteligencia en Bayamo. Para describir cómo los acusados se integraron al grupo y cuándo recibieron las recargas, el escrito emplea fórmulas como «de manera no definida» y «en fecha y forma no precisada».
El único episodio concreto vinculado al delito de desórdenes públicos es el del 5 de noviembre de 2024, cuando Barrios envió por WhatsApp varios videos de una protesta en el reparto bayamés de Camilo Cienfuegos. Su familia sostiene que fue espectador de la manifestación y que quedó detenido al acudir a una citación policial al día siguiente. Para los otros tres acusados, el documento no identifica ningún otro episodio concreto y les atribuye la intención de realizar acciones de incitación.
García Jaén fue detenida el 8 de noviembre de 2024, Barrios el 6 y Arzuaga el 27, y los tres permanecen en prisión provisional: al fecharse el escrito llevaban 20 meses presos sin juicio. En julio de 2026, el Tribunal Provincial Popular de Granma rechazó el hábeas corpus presentado por la defensa de García Jaén. La organización Cubalex denunció irregularidades en su detención —registro sin orden, falta de instrucción formal de cargos e incomunicación— y que el cargo inicial fue «venta ilícita de alimentos». García cumplió una huelga de hambre de 18 días entre mayo y junio de 2026 y ha advertido: «O es mi libertad o es mi muerte. Una de las dos, o me sacan viva o me sacan muerta». Su madre, Enma Luisa Jaén, denunció que la Seguridad del Estado la amenazó con quitarle la custodia de su nieta menor de edad si la familia seguía reclamando la libertad del matrimonio. De Figueredo Carbonell, el documento no precisa su situación procesal.
El caso se suma al patrón de condenas contra el movimiento: en septiembre de 2026, el Tribunal Provincial Popular de Las Tunas sentenció a ocho personas acusadas de vínculos con Cuba Primero por «propaganda contra el orden constitucional», y en marzo de 2026 cuatro relatores especiales de la ONU alertaron al Estado cubano por «un patrón sistemático de criminalización de la disidencia y el uso de la coerción, incluida la detención arbitraria y el exilio forzado». La libertad de expresión y la manifestación pacífica figuran, además, en los artículos 54 y 56 de la Constitución cubana. La Fiscalía pide la apertura del juicio oral; por ahora no hay fecha para la vista.
Fuente: escrito de conclusiones provisionales del Expediente de Fase Preparatoria 45/2025 de la Fiscalía Provincial de Granma (21 de julio de 2026), y declaraciones de familiares de los acusados y de la organización Cubalex.
Imagen de portada: la opositora Yaquelín García Jaén. Foto: Cuba Primero.







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