La organización Cubalex sostiene que la condena contra Anna Sofía Benítez, conocida como Anna Bensi, y su madre, Caridad Silvente, no protege la intimidad de nadie: protege a los agentes del régimen. El Tribunal Municipal de Habana del Este impuso a ambas dos años de limitación de libertad, y Cubalex la considera parte de un patrón sistemático contra la libertad de expresión en Cuba.
El proceso nació de la querella del suboficial del MININT Yoel Leodán Rabaza Ramos, quien las acusó de vulnerar su intimidad por grabar y difundir en redes sociales el momento en que les entregaba una citación policial en el umbral de su casa. La sanción se aplicó con el artículo 393 del Código Penal.
Una causa archivada que se reabrió
Según el análisis, la Fiscalía Provincial de La Habana archivó el caso en abril de 2026 porque no constató delito. Su reapertura por querella formal, dice Cubalex, muestra la intención de mantener una amenaza penal suspendida sobre ellas como mecanismo de control y censura previa.
Sobre el argumento del tribunal de que mostrar el rostro y la actuación del oficial lesionó su intimidad, Cubalex responde con dos puntos. Primero, no había expectativa de privacidad: la grabación se hizo en el umbral del domicilio de Anna y su madre, mientras el oficial cumplía una acción propia de sus funciones en representación del Estado. No se filmó su vida privada, familiar ni íntima. Segundo, grabar a agentes de la autoridad cuando entregan citaciones no es un delito: es una herramienta legítima de autocuidado y transparencia ante la falta de garantías institucionales.
Lo que Cubalex documentó durante el juicio
La organización registró tres patrones represivos:
- La limitación de libertad es un castigo aunque no haya prisión: restringe la libre circulación, deja a las condenadas vigiladas por un juez de ejecución y la policía (artículo 48 de la Ley de Ejecución Penal) y mantiene la amenaza de revocar la medida si siguen expresándose.
- Un amplio cerco policial alrededor del tribunal, con la detención arbitraria de al menos cuatro personas que pretendían asistir al juicio y vigilancia en viviendas de activistas y periodistas, lo que violó el carácter público del proceso.
- La sanción a la madre de Anna, una estrategia recurrente del régimen para extender la represión a la familia, aumentar la presión emocional y desarmar las redes de apoyo.
Estándares internacionales
Cubalex recuerda que la jurisprudencia interamericana establece que los agentes de seguridad están sometidos a un escrutinio público mayor que un ciudadano privado, y que la fiscalización ciudadana mediante el registro audiovisual es parte de la libertad de información. Añade que usar normas penales para castigar la difusión de imágenes de agentes estatales tiene un efecto inhibidor: desanima a denunciar arbitrariedades.
La jueza
La jueza que presidió el juicio fue Zamira Marrero Morgado, ya identificada públicamente por organizaciones independientes. Cubalex recuerda que formó parte del tribunal que juzgó a 129 manifestantes del 11J el 20 y 21 de diciembre de 2021, en una causa donde se pidieron hasta 30 años de prisión por sedición. La organización aclara que ese antecedente no determina el resultado, pero debe tenerse en cuenta al evaluar la independencia e imparcialidad judicial en procesos de este tipo.
Lo que exige
Cubalex concluye que la condena no busca proteger la intimidad de un ciudadano, sino garantizar impunidad a las fuerzas represivas y enviar un mensaje de miedo a quienes usan las redes para mostrar el acoso policial. Exige la anulación inmediata de la sentencia y el fin de la persecución penal contra las activistas y sus familias, y pide a los organismos internacionales de derechos humanos que sigan el proceso de apelación.
Fuente: Cubalex, 5/10/2026.








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