CIDH responsabiliza al régimen cubano por la detención arbitraria y condena de Maykel Osorbo

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) concluyó que el Estado cubano es responsable por la detención arbitraria, el procesamiento penal y la condena a nueve años de prisión contra el artista y activista Maykel Castillo Pérez, conocido artísticamente como Maykel Osorbo, coautor e intérprete de la canción «Patria y Vida». Así lo establece el Informe No. 78/26, aprobado el 21 de junio de 2026, en el que el organismo analiza el caso 15.536 y determina que Cuba violó múltiples derechos fundamentales reconocidos en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.  

Según el informe, la CIDH examinó la detención de Maykel Castillo ocurrida el 18 de mayo de 2021, así como los hechos que la precedieron y la posterior sentencia condenatoria. La denuncia fue presentada por Prisoners Defenders el 7 de julio de 2021, alegando que el músico fue víctima de una persecución política vinculada a su activismo dentro del Movimiento San Isidro y a su labor artística crítica con el régimen cubano.  

El organismo interamericano sostuvo que la detención tuvo lugar en un contexto de hostigamiento sistemático contra artistas, periodistas y activistas en Cuba. La CIDH recordó que Maykel Osorbo era beneficiario de medidas cautelares otorgadas por la propia Comisión desde febrero de 2021 debido a los riesgos que enfrentaba como integrante del Movimiento San Isidro. El informe también recoge que, entre diciembre de 2019 y mayo de 2021, el artista habría sufrido más de un centenar de actos represivos, incluyendo arrestos, citaciones policiales, multas, vigilancia permanente y agresiones.  

Uno de los elementos centrales del expediente fue el intento de arresto ocurrido el 4 de abril de 2021 en el barrio habanero de San Isidro. La CIDH examinó videos, testimonios y documentación aportada por los peticionarios y concluyó que la actuación policial se produjo después de que Maykel Castillo cuestionara el trato dado por agentes a una ciudadana durante las restricciones sanitarias por la COVID-19. El organismo señaló que las imágenes muestran al músico siendo sujetado por policías mientras vecinos del barrio intervenían para impedir su detención. Posteriormente, el artista se trasladó a la sede del Movimiento San Isidro, donde se produjeron expresiones de protesta y se interpretaron canciones como «Patria y Vida».  

La Comisión observó además que las acusaciones formuladas posteriormente contra Maykel Castillo incluyeron delitos como atentado, desacato, resistencia, desórdenes públicos y propagación de epidemias. Sin embargo, destacó que muchas de estas figuras penales han sido utilizadas históricamente por las autoridades cubanas para criminalizar la disidencia política y restringir la libertad de expresión. El informe recuerda que la propia CIDH y su Relatoría para la Libertad de Expresión han advertido durante años sobre el uso de estos delitos para castigar opiniones críticas y manifestaciones artísticas contrarias al discurso oficial.  

Otro aspecto relevante del caso es que el Estado cubano no presentó observaciones ni respondió a las solicitudes realizadas por la Comisión durante la tramitación del expediente. Ante esa ausencia de cooperación, la CIDH aplicó su reglamento y otorgó valor probatorio a los hechos alegados por los peticionarios, al no existir elementos aportados por el Estado que los contradijeran.  

La Comisión también concluyó que en Cuba no existen garantías suficientes de independencia judicial ni recursos efectivos para la protección de los derechos fundamentales de las personas consideradas opositoras o disidentes. Por ello, determinó que resultaba aplicable la excepción al requisito de agotamiento de los recursos internos.  

En sus conclusiones, la CIDH consideró que el Estado cubano violó los derechos de Maykel Castillo a la libertad personal, la integridad física, la libertad de expresión, la libertad de asociación y reunión, las garantías judiciales y la protección contra la detención arbitraria. Asimismo, sostuvo que la privación de libertad del artista estuvo vinculada al ejercicio legítimo de sus actividades culturales, artísticas y de defensa de derechos humanos.  

El organismo recomendó a Cuba adoptar medidas para reparar integralmente a Maykel Castillo, garantizar el respeto de sus derechos, investigar las violaciones documentadas y adecuar su legislación y prácticas estatales a los estándares internacionales de derechos humanos. El informe ya fue notificado oficialmente al Estado cubano para que informe sobre el cumplimiento de estas recomendaciones.  

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