Portada sobre la revisión de redes sociales para solicitantes de visas de periodistas extranjeros en Estados Unidos

Por Iliana Hernández

Los periodistas y representantes de medios extranjeros que soliciten una visa I para trabajar temporalmente en Estados Unidos quedan incluidos, desde este jueves 1 de octubre de 2026, en la revisión de presencia en internet del Departamento de Estado. La ampliación también alcanza a los solicitantes de visas TN y TD.

La instrucción tiene una consecuencia práctica para quienes preparan estos trámites: deben cambiar la configuración de privacidad de todos sus perfiles de redes sociales a «públicos» o «abiertos», de modo que su contenido sea accesible para la revisión consular.

El anuncio oficial fue actualizado el 18 de septiembre, pero fija el 1 de octubre como fecha de entrada en vigor. No se trata de una exigencia limitada a una red social concreta: el Departamento de Estado se refiere a todos los perfiles del solicitante.

Para los periodistas cubanos, la categoría que merece especial atención es la I. Esta visa está destinada a representantes de medios extranjeros que viajan temporalmente a Estados Unidos para ejercer su profesión. Según la guía oficial, su actividad debe ser informativa o educativa, estar vinculada a la función del medio y realizarse para una organización cuya sede se encuentre fuera de Estados Unidos. La cobertura de noticias y acontecimientos de actualidad forma parte de ese ámbito.

La medida no está dirigida específicamente a Cuba. Afecta a los solicitantes de las categorías incorporadas, con independencia de que el interés periodístico de su viaje esté relacionado con la isla.

Las visas TN corresponden a profesionales elegibles de Canadá y México que trabajan bajo el acuerdo comercial USMCA. Las TD permiten acompañarlos a sus cónyuges e hijos menores solteros.

La revisión de presencia en internet ya se aplicaba a estudiantes, participantes en intercambios, determinados trabajadores temporales y otras categorías. Entre ellas figuran las F, M y J, las H-1B, las K-1, K-2 y K-3, las visas para ocupaciones religiosas R-1 y R-2, y las S, T y U. La nueva ampliación añade I, TN y TD a ese control.

El Departamento de Estado afirma que utiliza todas las fuentes de información disponibles para identificar a solicitantes que puedan ser inadmisibles, incluidos quienes representen una amenaza para la seguridad nacional o pública.

Quien solicite una de las visas añadidas debe revisar la privacidad de cada perfil y seguir las instrucciones de la embajada o consulado donde tramite su solicitud. Hacer públicas las cuentas facilita esta verificación, pero no sustituye los demás requisitos para obtener la visa.

Fuentes: Departamento de Estado de Estados Unidos, «Announcement of Expanded Screening and Vetting for Visa Applicants»; guías oficiales sobre visas I y TN/TD.

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