
Jueza federal anula suspensión de visas para 75 países: qué cambia para los cubanos
Una jueza federal de Estados Unidos anuló este viernes la política del Departamento de Estado que había suspendido desde enero la emisión de visas de inmigrante para ciudadanos de 75 países, entre ellos Cuba.
La decisión fue dictada por la jueza Jeannette A. Vargas, del Tribunal Federal para el Distrito Sur de Nueva York, en el caso Catholic Legal Immigration Network, Inc. v. Rubio. La magistrada concluyó que el secretario de Estado, Marco Rubio, excedió la autoridad que le concede la ley al imponer una suspensión general basada en la nacionalidad de los solicitantes.
La medida anulada había entrado en vigor el 21 de enero de 2026 y paralizaba la emisión de visas de inmigrante a nacionales de 75 países mientras el Departamento de Estado revisaba sus procedimientos relacionados con el criterio de “carga pública”.
La jueza consideró que el Departamento de Estado no podía sustituir mediante una directiva administrativa la evaluación individual establecida por la legislación migratoria y calificó la política de “manifiestamente ilegal”.
¿Significa que vuelven las visas para los cubanos?
No de manera general.
La sentencia elimina la suspensión de enero aplicada a los 75 países, pero los ciudadanos cubanos continúan afectados por otra restricción independiente, establecida mediante la Proclamación Presidencial 10998 y vigente desde el 1 de enero de 2026.
Según el Departamento de Estado, esa proclamación mantiene restricciones para ciudadanos cubanos sobre visas de inmigrante y sobre determinadas categorías de no inmigrante, incluidas B-1/B-2 para negocios y turismo, F y M para estudiantes y J para programas de intercambio, aunque existen excepciones.
Entre quienes pueden quedar fuera de determinadas restricciones se encuentran residentes permanentes legales, personas que ya tenían una visa válida antes de la entrada en vigor de la proclamación y algunos ciudadanos con doble nacionalidad que soliciten utilizando el pasaporte de un país no afectado.
¿Qué ocurre ahora?
La sentencia supone un revés judicial para una de las políticas migratorias implementadas este año por la Administración Trump, pero no representa una reapertura automática de las visas para los cubanos.
El Gobierno puede además apelar la decisión y solicitar que sus efectos sean suspendidos mientras un tribunal superior estudia el caso.
Por tanto, los cubanos con procesos migratorios abiertos deben distinguir entre las dos medidas: la suspensión para las 75 nacionalidades fue anulada por una jueza federal; las restricciones específicas que afectan a Cuba bajo la Proclamación 10998 continúan vigentes.
Fuentes: Tribunal Federal del Distrito Sur de Nueva York y Departamento de Estado de Estados Unidos.







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