
El derecho de asociación en Cuba: entre leyes represivas y control ideológico
Informe de Ciudadanía y Libertad revela la arquitectura legal que asfixia la sociedad civil en la isla
Un reciente informe publicado por la organización Ciudadanía y Libertad, titulado “El derecho de asociación en Cuba: arquitectura legal de la represión”, denuncia con exhaustividad cómo el régimen cubano ha construido un andamiaje jurídico para impedir el surgimiento de asociaciones independientes, subordinando este derecho fundamental a la ideología oficial del Partido Comunista.
El estudio —elaborado por las activistas Maylin Fernández y Carolina Barrero— analiza el marco normativo cubano, incluyendo la Constitución de 2019, la antigua Ley 54/1985 de Asociaciones, la Ley 88/1999 y el nuevo Código Penal de 2022. Todas estas normativas, lejos de garantizar el derecho de asociación, son utilizadas como instrumentos para el control social, la censura y la criminalización de cualquier intento de organización ciudadana autónoma.
El monopolio del Partido Comunista como obstáculo estructural
Aunque el artículo 56 de la Constitución cubana reconoce formalmente el derecho de asociación, este queda subordinado a los artículos 4 y 5, que declaran la irrevocabilidad del socialismo y el papel del Partido Comunista como fuerza superior de la sociedad y el Estado. Esto significa que cualquier asociación que cuestione, critique o simplemente no se alinee con el PCC, es automáticamente ilegal.
Una Ley de Asociaciones obsoleta y represiva
La Ley 54/1985 y su reglamento (Resolución 53/86) establecen requisitos prácticamente imposibles de cumplir para asociaciones independientes: mínimo 30 miembros fundadores, autorización previa del Ministerio de Justicia, prohibición de duplicidad de objetivos con otras asociaciones (todas oficialistas), e imposición de una relación de colaboración obligatoria con el Estado.
Además, el informe señala que incluso aquellas asociaciones que logran registrarse están sujetas a inspecciones constantes, deben informar previamente sobre sus actividades, publicaciones, reuniones y pueden ser disueltas si el régimen considera que son “lesivas al interés social”.
Penalización del financiamiento externo y criminalización del activismo
Leyes como la Ley 80/1996 y la Ley 88/1999 penalizan cualquier tipo de colaboración con organizaciones o medios extranjeros, especialmente si provienen de Estados Unidos. El Código Penal de 2022, por su parte, agrava esta situación al introducir figuras como el “ejercicio arbitrario de derechos constitucionales” o las “asociaciones ilícitas”, que castigan con cárcel a quienes participen en organizaciones no registradas.
Estas normativas, lejos de estar orientadas a proteger la seguridad nacional, se convierten en herramientas para perseguir a activistas, periodistas, defensores de derechos humanos y ciudadanos que intentan organizarse de forma independiente.
Ausencia de transparencia y participación ciudadana
El informe también denuncia que el Registro de Asociaciones es inaccesible y opaco, y que la prometida “Ley de Formas Asociativas”, programada para 2025, se está redactando sin participación ciudadana ni transparencia. No se ha hecho público ningún borrador, ni se han habilitado mecanismos de consulta, violando así los principios del derecho internacional que Cuba afirma respetar.
Un derecho convertido en delito
Ciudadanía y Libertad concluye que el derecho de asociación en Cuba ha sido vaciado de contenido democrático y convertido en una vía de control institucional. El aparato legal no solo impide la creación de nuevos espacios de participación, sino que persigue, encarcela y estigmatiza a quienes intentan ejercerlo. En lugar de ser una garantía de libertad, el derecho de asociación en la isla ha sido transformado por el régimen en un delito.







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